martes, 5 de septiembre de 2017








El nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) supone procedimientos judiciales ágiles con el fin de atacar frontalmente la congestión judicial en la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ampliando significativamente los poderes de los Jueces, con el fin de que éste contribuya a la pronta resolución de los conflictos y la tutela judicial efectiva.






Si bien solo la implementación práctica de las medidas supondrá la verdadera evaluación del mérito y utilidad del nuevo ordenamiento, teóricamente puede determinarse si el cambio de la estructura del proceso supondrá per se la pronta resolución de los conflictos contencioso administrativos, teniendo en cuenta las novedosas potestades de los operadores judiciales o si por el contrario, las mismas legislativas se hacen insuficientes en razón a la generación de congestión judicial contenciosa administrativa como resultado natural de otras causas -endógenas y exógenas- distintas a la estructura misma del proceso contencioso administrativo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario